DR. ALBERTO PECZNIK
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¿CUALES SON LOS DERECHOS DEL PACIENTE ONCOLÓGICO?

La constante búsqueda de la oncología contemporánea por avanzar, paso a paso, hacia la calidad total, la acercan cada vez más al paciente. Por ello, el 5 de setiembre de 1998 se llevó a cabo por 3º año consecutivo, el Día Internacional del Paciente Oncológico.

Para hablar y escuchar. Para enseñar y aprender. Y así, en forma conjunta, confeccionar el Decálogo de los Derechos del Paciente Oncológico.

En esta oportunidad, el acto central tuvo lugar en Buenos Aires, en la sede del Instituto, organizado por la Federación de Sociedades de Cancerología del Mercosur, entidad que agrupa a las sociedades de Argentina, Brasil y Chile de Cancerología, a la Sociedad de Oncología Clínica de Paraguay y a la Sociedad de Oncología Médica y Pediátrica del Uruguay.

Dicho emprendimiento fue un éxito gracias al excelente trabajo realizado por los pacientes asistentes a la reunión, con la coordinación a cargo de un representante de cada una de las diez entidades co-participantes: las Sociedades Argentinas de Cancerología y de Periodismo Médico, la Fundación Encuentro, la Liga Argentina de Lucha contra el Cáncer (LALCEC), la Asociación Argentina del Cáncer (ASARCA), el Grupo de Estudio y Tratamiento Latinoamericano del Cáncer (GETLAC), el Centro de Estudio de Enfermedades de la Mama (CELAM), la Unión Antitabáquica Argentina y el Instituto Oncológico Henry Moore.

Luego de una jornada de debates e intercambios, se definió el orden que ocupan los derechos dentro del decálogo, vigente desde ahora y para futuras generaciones, en los cinco países del Mercosur.

La nómina completa del Decálogo de los Derechos del Paciente Oncológico, es la siguiente:

-Derecho a saber. Dosificar la información diagnóstica en cada consulta, incluyendo las posibilidades terapéuticas, con información al entorno, respetando el derecho a no saber.

-Derecho a ser informado verazmente. El médico deberá hacerlo con claridad. Sin dejar de ser veraz, lo hará cuidadosamente, de acuerdo a la historia personal de cada paciente, a su sensibilidad e idiosincrasia.

-Derecho a ser respetado como persona y a que se respete su fe. Ser respetado como paciente, sin sufrir discriminaciones. El respeto por la fe, permitirá encontrar un sentido por aquello que humanamente, parecería no tenerlo.

-Derecho a acceder a los medios para curarse. Recibir el tratamiento que le brinde las mayores posibilidades de cura, con los menores efectos adversos.

-Derecho a elegir. Implica la elección del camino a tomar, a través de una adecuada información.

-Derecho a ser educado en la prevención. Para evitar la aparición del mismo o de nuevos tumores.

-Derecho a vivir y morir con dignidad. Contar con el amor del entorno y el soporte psicológico necesario, para vivir con dignidad la enfermedad, evitando el ensañamiento terapéutico que permita, llegado el caso, que el paciente culmine sus días acompañado de sus seres queridos.

-Derecho a la intimidad y a la confidencialidad. Derecho a un lugar, tiempo y espacio físico, donde se preserve su dignidad como ser humano suficiente.

-Derecho a que se cuide su familia. Ésta, deberá conocer las implicancias de la enfermedad, acompañando con afecto y comprensión.

-Derecho a no ser discriminado en su trabajo. El paciente curado de cáncer, no deberá ser discriminado en sus tareas laborales, permitiéndosele retornar a las mismas sin necesidad de ocultar la naturaleza de su enfermedad.

Fuente: http://www.hmoore.com.ar/mercosur.htm




¿CUALES SON LOS DERECHOS DEL PACIENTE TERMINAL?

1) El paciente terminal tiene el derecho al principio bioético de la autonomía o “autodeterminación”, es decir, el respeto a las decisiones del enfermo en cuanto a las terapias que se le pudieran realizar y tiene el derecho a recibir toda la información necesaria.
El ejercicio de la autonomía puede efectuarse mediante testamento, directa comunicación entre el paciente y el equipo médico o por su familia en el caso de incompetencia, que implica: 
-Inexistencia de completa lucidez mental 
-Incapacidad de comprender la información que se le suministra 
-Imposibilidad de adoptar una decisión voluntaria
El equipo de salud debe estar concientizado de esta autonomía y debe ser capaz de recorrer un camino interdisciplinario para encontrar las respuestas que hoy exige el avance de la sociedad y de la tecnología.
Las decisiones del equipo médico en lo que hace a la abstención o retiro de los medios de soporte vital deben ser discutidos y compartidos por el grupo asistencial y tener siempre presente la consulta con el Comité de Ética de la Institución.

2) Se destaca que el paciente terminal tiene el derecho al alivio de los síntomas físicos , por ejemplo la terapia del dolor, de los vómitos, de la anorexia, de la constipación o del insomnio entre los más frecuentes.

3) Así como también tiene el derecho al control de los síntomas psicológicos, por ejemplo depresión, ansiedad, ataques de pánico, trastornos de excitación y/o distress espiritual. Se debe remarcar que no sólo en el paciente terminal sino también en el incurable en estado crítico, rige el principio general señalado en la declaración de Venecia el deber del médico es curar y cuando sea posible aliviar el sufrimiento y actuar para proteger los intereses de sus pacientes, siempre debe actuar conforme le dicte su conciencia.
Muchas veces y de acuerdo a este marco el profesional no puede vencer la formación triunfalista de la medicina y esto le impide casi, recordar que la ciencia y la tecnología son sólo instrumentos para mejorar la calidad de vida, que tiende a su conservación y no a la prolongación de la agonía, que es la situación opuesta a la anterior.

4) La distanasia, sobre la cual está publicado nuestro trabajo en la Revista de la Sociedad de Ética, año 2003 Nº 7, es la prolongación innecesaria de la agonía por el empleo inmoderado de medios terapéuticos desproporcionados.
En el paciente terminal deben aplicarse las medidas que permitan una muerte digna, sin que se justifiquen procedimientos que prolonguen el sufrimiento.

5) La exigencia de conducta médica ética significa evitar la insistencia o ensañamiento terapéutico en una situación de vida irrecuperable.

6) La abstención o retiro de los medios de soporte vital, no significará bajo ningún concepto privar al paciente de las medidas que le otorguen confort psicofísico y espiritual, y se deben respetar los principios morales y/o religiosos de cada paciente en el momento de la muerte y tiene derecho a recibir apoyo emocional y a solicitar ayuda espiritual de personas de su elección.

7) Deben ser escuchados sus conceptos y emociones sobre la forma de enfocar su muerte.

8) No morir solo, sino acompañado por personas de su afecto y debe respetarse la dignidad de su cuerpo una vez fallecido.

9) El paciente terminal y su familia deben ser tratados con la mayor amabilidad, respeto y afecto y dialogar profundamente sobre esta etapa de la vida, concientizando a los familiares que estén lo más cerca posible del paciente terminal.

10) Si hay contención dentro del marco familiar y el paciente está aliviado de sus síntomas físicos se aconseja que pase el último trance de su enfermedad en su casa............"

BIBLIOGRAFÍA.
1.Kaczerowski JM. Spiritual well-being and anxiety in adults diagnosed with cancer. Hosp J 1989; 5: 106-16.
2.Saunders C. Lessons in Living from the Dying. The geriatrics/Palliative Care. The Goldwurm Auditorium, at Mount Sinai Medical Center, New York City, 1999
3.Litovska S, Navigante A. Total pain’s evaluation in terminal cancer patients. Ann Oncology, 1998; 9 (Suppl 4): 150.
4.Schipper M. Measuring the quality of life of cancer patients: The functional Living Index-cancer. Development and validation. J Clin Oncol 1984; 2:472-83
5.Holland JC, Kash KM, Passik MK, et al. A brief spiritual beliefs inventory for use in quality of life research in lifethreatening illness. Psycho-oncology 1998; 7: 460-9.
Fuente: Revista de la Sociedad de Medicina Interna de Buenos Aires Derechos del Paciente Terminal, Dres. Levy Daniel, Litovska Sergio.
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REALIZAMOS ASESORAMIENTO SOBRE EL ENCARNIZAMIENTO TERAPÉUTICO

Uno de los objetivos de máxima de la psicooncología es el asesoramiento de pacientes y familiares para evitar el encarnizamiento terapéutico.

Este se puede definir de la siguiente manera:

"... La obstinación o encarnizamiento terapéutico consiste en la adopción de medidas diagnósticas o terapéuticas, desproporcionadas generalmente con objetivos curativos que no deberían indicarse en fases avanzadas y terminales del enfermo, incluido el uso de medios extraordinarios o de tratamientos (nutrición parenteral, hidratación forzada) llevadas a cabo con el objeto de alargar innecesariamente la vida en la situación claramente definida de agonía.
Las causas del encarnizamiento terapéutico pueden incluir las dificultades en la aceptación del proceso de morir, el ambiente curativo, la falta de formación, la demanda del enfermo y de la familia o la presión para el uso de tecnología diagnóstica o terapéutica ..."

Fuente: http://www.secpal.com/guiasm/index.php?acc=see_guia&id_guia=7 (2013)

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